REGULACIÓN SOBRE USO DE PLÁSTICOS

¿Sabías que ya fue aprobada en el Congreso la Ley de Plásticos de un solo uso? Ésta tiene como objetivo proteger el medio ambiente y disminuir la generación de residuos, mediante la limitación en la entrega de productos de un solo uso en establecimientos de expendio de alimentos. Esto para fomentar la reutilización y la regulación de las botellas plásticas desechables. 

Esto se espera lograr en base a tres pilares fundamentales: 

  • Eliminar plásticos innecesarios
  • Innovar para que los plásticos sean reutilizables, reciclables o compostables 
  • Hacer circular los plásticos

PROHIBICIÓN GENERAL DE ENTREGA DE PRODUCTOS DE UN SOLO USO EN ESTABLECIMIENTOS REGULADOS

La ley prohíbe los productos de un solo uso que se entregan en los restaurantes, casinos, clubes sociales, cocinerías, fuente de soda, cafeterías, u otros locales que venden comida preparada a lo largo del país.  

  • Productos prohibidos: vasos, tazas, tazones, cubiertos (tenedor, cuchara, cuchillo), palillos, pocillos, mezcladores, bombillas, platos, cajas, copas, envases de comida preparada, bandejas, sachets, individuales y tapas que no sean de botellas, en tanto no sean reutilizables. Esto comienza a regir a 6 meses de la publicación de la Ley en el Diario Oficial.
  • En el plazo de 3 años de adaptación, todos los locales de expendio de comida preparada del país, estarán obligados a usar solo productos reutilizables para el consumo al interior de sus establecimientos. 
  • En un plazo de 3 años, los delivery solo podrán entregar envases y contenedores de comida de plásticos compostables certificados. 

EXIGENCIA DE USO DE MATERIAL RECICLADO EN BOTELLAS PLÁSTICAS DESECHABLES Y FOMENTAR EL USO DE BOTELLAS RETORNABLES

Botellas desechables: deben estar compuestas por un porcentaje de plástico que haya sido recolectado y reciclado dentro del país. De esta forma se potenciará el mercado del reciclaje en Chile y la creación de empleos verdes en el país potenciando la Ley de REP de envases y embalajes. 

Botellas retornables: desde los 6 meses desde la publicación de la Ley, todos los supermercados del país estarán obligados a vender bebidas en formato retornable y recibir los envases de los consumidores. A los 2 años, la obligación se extenderá a todas los locales, tiendas y almacenes.

FISCALIZACIÓN

  • La fiscalización de esta Ley corresponderá a las municipalidades. 
  • Las multas serán aplicadas por los juzgados de policía local y serán a beneficio municipal. Las multas irán entre 1 y 5 UTM por cada producto entregado que no sea de material reciclado. 

EDUCACIÓN AMBIENTAL

El Ministerio del Medio Ambiente promoverá e implementará programas de educación ambiental dirigidos a la ciudadanía, sobre productos de un solo uso que se encuentren en circulación y su impacto. Además, fomentará el uso de productos reutilizables. 

Fuente: https://circulaelplastico.cl/consultas/que-regula-el-proyecto-de-ley-de-plasticos-de-un-solo-uso/


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